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¿En qué gastos incurres al comprar o vender un inmueble?

3 septiembre, 2019 Blog

En forma general, en la compraventa de un inmueble es quien compra quien corre con los gastos de escrituración, los cuales, de acuerdo al Colegio Nacional del Notariado Mexicano, incluyen:

el impuesto sobre adquisición de inmuebles (que es local y en algunos lugares se denomina impuesto al traslado de dominio);

derechos de registro público;

derechos por la obtención de certificados o constancias de diversas dependencias, como son constancia de no adeudo de diferentes contribuciones o el certificado de libertad de gravámenes, entre otros;

otros gastos como pago a gestores y

los honorarios del notario.

El vendedor, por su parte, debe pagar el Impuesto Sobre la Renta por enajenación de bienes cuando es una persona física y obtiene una ganancia por la venta de un inmueble. Este impuesto tiene que pagarse al notario que lleva a cabo la escrituración de la compraventa.
En el caso de las personas morales el ingreso también está gravado, pero se acumula junto con sus demás ingresos.

¿Es posible exentar este impuesto o deducir gastos para disminuir la ganancia y pagar un impuesto menor? Sí, podrás exentar el pago de este impuesto si los ingresos obtenidos por la venta de tu casa habitación no superan las 700,000 Udis, siempre y cuando puedas acreditar que vives en esa casa con los siguientes documentos*:

  1. Recibos de luz.
  2. Recibos de teléfono.
  3. Estados de cuenta bancarios, de casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias.
  4. Credencial para votar con el domicilio indicado.

Es importante señalar que solo se puede exentar este impuesto una vez cada 5 años.

En caso de no poder exentar este impuesto podrás deducir conceptos como:

  1. Costo comprobado de adquisición, es decir, lo que te costó adquirir el inmueble. Si compraste el inmueble antes de abril de 2014 podrás acreditarlo con la escritura, a partir de esa fecha el notario deberá entregarte un complemento que acompañe su factura con esainformación.
  2. Gastos notariales, los cuales podrás acreditar con la factura del notario al momento de la escrituración.
  3. Comisiones y mediaciones. Es decir, la cantidad pagada al agente de bienes raíces que hizo la venta, para lo cual es necesario contar con una factura.
  4. Inversiones en construcciones, mejoras y ampliaciones. Las cuales podrás acreditar con con las facturas correspondientes, con el aviso de terminación de obra o con un avalúo (en este último caso solo al 80%).

Tinsa es experta en todo tipo de valuaciones inmobiliarias emitidas para todo tipo de inmuebles, finalidad y sectores. Nuestras valuaciones se ajustan a las normas internacionales y nacionales de valuación y son realizados por profesionales especializados quienes siguen una estricta metodología.

*Los documentos podrán estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge, de sus ascendientes o de sus descendientes.


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